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Gastos deducibles de un autónomo en 2026: qué puedes desgravar

Publicado el Fuentes

En resumenUn gasto es deducible si está vinculado a tu actividad, tienes factura completa a tu nombre y lo anotas en tus libros. Algunos tienen límites fijados por ley: el 30 % de los suministros de la parte de casa que usas para trabajar, dietas de 26,67 € al día en España y seguro médico de hasta 500 € por persona.

Los tres requisitos de cualquier gasto

  1. Vinculación: el gasto tiene que estar relacionado con tu actividad y servir para obtener ingresos.
  2. Justificación: factura completa con tu NIF; un tique simplificado no sirve para deducir el IVA.
  3. Registro: anotado en tu libro de gastos en el trimestre que corresponda.

Gastos deducibles más habituales

Gasto¿Deducible en el IRPF?Límite o regla
Cuota de autónomos (RETA)Sí, el 100 %—
Alquiler de local u oficinaSíCon contrato y retención si procede
Suministros de la vivienda donde trabajas (luz, agua, gas, internet, teléfono)Sí, una parte30 % de la proporción de metros afectos
Comidas de trabajo propias (dietas)Sí26,67 €/día en España y 48,08 € en el extranjero; el doble si pernoctas
Seguro de enfermedadSí500 € por persona y año (1.500 € con discapacidad): tú, cónyuge e hijos menores de 25 que convivan
Gestoría, software, dominio, publicidad, formaciónSíVinculados a la actividad
Ordenador, mobiliario, maquinariaSí, vía amortizaciónSegún la tabla de coeficientes
VehículoEn el IRPF, solo si es de uso exclusivoEn el IVA, se presume un 50 % de afectación
Gastos de difícil justificaciónSí, en estimación directa simplificada5 % del rendimiento previo, máximo 2.000 €

Trabajar desde casa: el 30 % de los suministros

Si trabajas en tu vivienda, el artículo 30.2.5ª de la Ley del IRPF permite deducir los suministros aplicando el 30 % a la proporción de metros dedicados a la actividad sobre el total de la casa. Debes declarar esa afectación en el modelo 036.

Ejemplo: casa de 90 m² con un despacho de 15 m² (16,7 %). Factura de luz de 80 €: 80 × 16,7 % × 30 % = 4,00 € deducibles. Parece poco, pero sumando luz, agua, gas e internet de todo el año ya es algo.

Dietas: comidas mientras trabajas

Puedes deducir tus comidas cuando las haces en un restaurante u hotel trabajando, pagadas con medio electrónico (tarjeta, bizum, transferencia) y dentro de los límites: 26,67 € al día en España y 48,08 € en el extranjero, o 53,34 € y 96,16 € si duermes fuera por trabajo. Una comida en tu ciudad sin relación con la actividad no cuenta.

Seguro médico

Las primas de un seguro de enfermedad son deducibles hasta 500 € por persona y año (1.500 € si hay discapacidad), para ti, tu cónyuge y tus hijos menores de 25 que vivan contigo. El tomador debe ser el autónomo.

El coche, el gasto que más dudas genera

En el IRPF, el Reglamento solo admite deducir el vehículo y sus gastos si está afecto en exclusiva a la actividad, salvo excepciones como el transporte, los representantes comerciales o las autoescuelas. En el IVA es distinto: la ley presume una afectación del 50 %, así que normalmente puedes deducir la mitad del IVA de la compra, la gasolina o el taller.

Gastos que no son deducibles

  • Multas, sanciones y recargos.
  • El propio pago del IRPF (modelo 130 o la renta).
  • Gastos personales o de la familia, aunque los pagues desde la cuenta del negocio.
  • Donativos (tienen su propia deducción en la renta, no como gasto).

Para ver cuánto te ahorra un gasto en impuestos, usa la calculadora de sueldo neto o la del modelo 130.

Hazlo con tus datos

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos puede deducir un autónomo?

Los vinculados a su actividad, justificados con factura y registrados: cuota de autónomos, alquiler del local, suministros, gestoría, software, publicidad, formación, amortizaciones, dietas y seguro médico con sus límites.

¿Cuánto se puede deducir de luz e internet trabajando en casa?

El 30 % de la proporción de metros de la vivienda que dedicas a la actividad, según el artículo 30.2.5ª de la Ley del IRPF.

¿Puede un autónomo deducir el coche?

En el IRPF solo si el vehículo se usa en exclusiva para la actividad, salvo excepciones. En el IVA se presume un 50 % de afectación.

Fuentes

Guía informativa: no sustituye el asesoramiento de un profesional. La norma y tu convenio o tus bases son los que mandan.

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