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Cómo darse de alta como autónomo en 2026: guía paso a paso

Publicado el Fuentes

En resumenSon dos trámites gratuitos que puedes hacer online: alta en Hacienda con el modelo 036 y alta en la Seguridad Social (RETA) en Import@ss. El alta en la Seguridad Social se comunica hasta 60 días antes o el mismo día en que empiezas la actividad, y la fecha tiene que coincidir con la del 036.

Antes de empezar

  • Elige tu epígrafe del IAE (la actividad que vas a hacer) y el CNAE.
  • Calcula tus rendimientos netos previstos: de ellos depende tu tramo de cotización. Puedes hacerlo con la calculadora de cuota.
  • Comprueba si puedes pedir la tarifa plana de 80 €: no haber estado de alta en los dos años anteriores (tres si ya la disfrutaste).
  • Ten a mano certificado digital o Cl@ve.

Paso 1: alta en Hacienda (modelo 036)

Se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. La Orden HAC/1526/2024 suprimió el antiguo modelo 037 simplificado: desde el 3 de febrero de 2025 todo se hace con el 036. En él indicas tus datos, la actividad, la fecha de inicio, el régimen de IVA y el de IRPF (estimación directa simplificada es lo habitual), y si trabajas desde casa, el porcentaje de la vivienda afecto.

Paso 2: alta en la Seguridad Social (RETA)

Se hace en Import@ss. Tienes que comunicarla como máximo el día en que empiezas y como pronto 60 días antes. En el alta eliges:

  • La base de cotización según tus rendimientos previstos (luego se regulariza con lo que ganes de verdad). Puedes cambiarla hasta seis veces al año.
  • La mutua colaboradora para incapacidad temporal, contingencias profesionales y cese de actividad.
  • La tarifa plana u otras reducciones, si te corresponden.

Paso 3: el ayuntamiento, si tienes local

Si abres un local, necesitarás la licencia de actividad o la declaración responsable que pida tu ayuntamiento. Si trabajas desde casa en una actividad profesional sin público, normalmente no hace falta.

Calendario de trámites

TrámiteDóndeCuándo
Modelo 036Agencia TributariaAntes de empezar la actividad
Alta en el RETAImport@ssDesde 60 días antes hasta el mismo día de inicio
Licencia o declaración responsableAyuntamientoAntes de abrir un local
Sistema informático de facturación adaptado al reglamento (RRSIF), si facturas con un programa—Para autónomos, desde el 1 de julio de 2027, en modalidad VERI*FACTU o NO VERI*FACTU

Lo que tendrás que presentar después

ModeloQué esCuándo
303IVA trimestralDel 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero
130Pago fraccionado del IRPFMismos plazos que el 303 (salvo si el 70 % de tus ingresos lleva retención)
390Resumen anual del IVA, cuando haya obligación de presentarloEnero
100Declaración de la rentaCampaña de primavera
111 y 190Retenciones de trabajadores o profesionales que contratesTrimestral y anual

Para saber cuánto pagarás cada mes y cuánto te quedará, prueba la calculadora de sueldo neto.

Hazlo con tus datos

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo antes me puedo dar de alta como autónomo?

En la Seguridad Social, hasta 60 días antes de empezar y como máximo el mismo día de inicio. La fecha debe coincidir con la del modelo 036.

¿Sigue existiendo el modelo 037?

No. Desde 2025 el alta, las modificaciones y la baja censal se hacen con el modelo 036.

¿Darse de alta como autónomo cuesta dinero?

Los trámites son gratuitos. Lo que pagas es la cuota mensual a la Seguridad Social desde el día del alta.

Fuentes

Guía informativa: no sustituye el asesoramiento de un profesional. La norma y tu convenio o tus bases son los que mandan.

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